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Bando. Don Francisco Enriquez Girón y García ... Hago saber que por el Ilmo. Sr. Superintendente general de policia del reino con fecha 1º del actual se ha comunicado la real orden siguiente ... me avisa haber prevenido a los intendentes de policia entreguen bajo recibo a los comandantes de los cuerpos de voluntarios realistas ...
ÿþBANDO.
DON FRANCISCO ENRIQUEZ
Girón y García , Coronel efectivo de infantería de linea, condecorado con
varias cruzes de distincion , é Intendente de Policía del Principado de
Catanl za.
H1GO SIIBER que por el Ilmo. Sr. Superintendente general de Policía del Reino,
con Echa i.° del actual , se me ha cornil-
picado la Real órden siguiente.
,~El Exmo. Sr. Secretario de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia en Real orden de 28 del anterior me dice lo que copio.-Ile dado cuenta al REY N. S. del oficio de Y. S. de 21 del corriente en el que me aN i-sa haber prevenido á los Intendentes de Policía entreguen bajo recibo á los Comandan-tes de los Cuerpos de Voluntarios Realistas las armas de guerra que tienen en su poder procedentes de los Milicianos Nacionales y demas individuos entendidos en la Real orden de 31 de marzo último ; suspendiendo la de escopetas pistolas cortas, armas blancas y ciernas mutiles para el servicio y de valor bastante considerable por entenderse debe conservarse su propiedad á los duefios de ellas, y dejarles en libertad para venderlas á personas autorizadas para su uso, en el termino que se se-
ñale : y enterado S. M. se ha servido resolver, conlòrn- andose con el parecer de V. S. que es-te termino para la venta, sea el de un mes.-Lo que traslado á V. S. para que disponga lo conveniente á fin de que tenga el mas cumplido efecto esta soberana determinacion.''
En su consecuencia las personas que se hallen compreendidas en esta Real disposicion, deberán ocurrir en el termino sei alado , que se entenderá desde la publicacion de este ban-do , á las Comisarías de esta. Intendencia y á las Subdelegaciones (le la Provincia., segun á donde respectivamente correspondan con comprador ó compradores, á los que se les entregarán las armas con las debidas formalidades dejando sentado su nombre , apellido y circunstancias en el libro que se abrirá al efecto. Pasado dicho termino, nadie tendrá derecho á reclamacion alguna.
Y á fin de que llegue á noticia de todos se hace publicar y circular.
Barcelona g de Julio (le 1826.
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Francisco del Capblanco y Marengo,
Secretario.